Abogado Penalista Especialista en Receptación en Santiago.
Si te formalizaron, detuvieron o acusaron por receptación, cada hora que pasa sin defensa puede costar tu libertad. En Quiroga y Bustamante Abogados actuamos desde el primer momento.
¿Te acusaron de receptación?
Esto es lo que puede pasar si no actúas a tiempo
Enfrentar una acusación por receptación es más serio de lo que parece. Muchas personas creen que porque no robaron directamente, el sistema los va a tratar con menos dureza. Error. La ley chilena sanciona la receptación con penas de cárcel efectiva, y los tribunales aplican esas penas cuando no existe una defensa sólida desde el inicio.
Sin un abogado que actúe rápido, puedes enfrentar:
- Formalización de la investigación con medidas cautelares inmediatas
- Prisión preventiva si el fiscal logra acreditar riesgo de fuga o reiteración
- Antecedentes penales que afectan tu trabajo, tu familia y tu vida
- Una condena que pudo haberse evitado o reducido con la estrategia correcta
El momento más importante de un caso penal no es el juicio. Es las primeras horas después de la detención o la citación. Ahí es donde se gana o se pierde la defensa.
¿Por qué elegirnos para tu defensa penal?
Especialización real en derecho penal
No somos un estudio generalista. Nos dedicamos exclusivamente a la defensa penal. Eso significa que conocemos los tribunales, los fiscales y los procedimientos de Santiago mejor que nadie.
Actuamos desde el primer momento
El control de detención, la formalización y las primeras audiencias son las instancias más críticas del proceso. Estamos disponibles para actuar desde que nos llamas, no cuando ya es tarde.
Trato directo con tu abogado
No hablas con secretarias ni con asistentes. Desde la primera consulta trabajas directamente con el abogado que va a llevar tu caso.
Estrategia clara desde el inicio
En la primera reunión te explicamos exactamente qué está pasando, cuáles son los escenarios posibles y qué vamos a hacer. Sin tecnicismos innecesarios, sin promesas vacías.
Así defendemos tu caso de receptación
Análisis inmediato de tu situación
Revisamos los antecedentes del caso, la forma en que fuiste detenido o citado, y las pruebas que tiene el fiscal. Con eso determinamos la mejor estrategia desde el primer momento.
Diseño de tu estrategia de defensa
Diseñamos una estrategia de defensa según el caso, evaluando errores en el procedimiento, desconocimiento del origen ilícito o alternativas para evitar condena.
Representación en cada audiencia
Te acompañamos en el control de detención, la formalización, las audiencias de medidas cautelares y el juicio si es necesario. No te dejamos solo en ninguna etapa del proceso.
Preguntas frecuentes sobre el delito de receptación
¿Qué es el delito de receptación en Chile?
El delito de receptación está tipificado en el artículo 456 bis A del Código Penal chileno. Comete receptación quien adquiere, recibe, oculta, tiene en su poder o ayuda a negociar un objeto que sabe o debería saber que proviene de un delito contra la propiedad, como robo, hurto o apropiación indebida.
En términos simples: si tienes en tu poder algo robado, aunque no hayas participado en el robo, puedes ser formalizado y condenado por receptación.
Receptación con conocimiento de causa versus receptación culposa
La ley distingue dos modalidades según el grado de conocimiento del imputado.
La receptación dolosa se da cuando la persona sabía que el objeto era de procedencia ilícita. Es la forma más grave y la que lleva las penas más altas.
La receptación culposa se configura cuando la persona no sabía con certeza que el objeto era robado, pero las circunstancias eran tan evidentes que debería haberlo sospechado. Por ejemplo, comprar un vehículo a un precio muy inferior al de mercado sin verificar su procedencia. Esta modalidad tiene penas más bajas, pero sigue siendo un delito que puede generar condena.
La distinción entre ambas es clave para la defensa y es uno de los primeros elementos que analizamos al tomar un caso.
Penas por receptación en Chile
Las penas por receptación varían según el valor de los objetos receptados y el grado de conocimiento del imputado.
Para la receptación dolosa, las penas van desde presidio menor en su grado mínimo hasta presidio menor en su grado máximo, es decir, entre 61 días y 5 años de cárcel. En casos de receptación habitual o cuando el valor de los objetos es significativo, las penas pueden ser más altas.
Para la receptación culposa, las penas son inferiores, y en muchos casos existe posibilidad real de salidas alternativas que evitan la condena.
La pena efectiva que enfrenta cada imputado depende de sus antecedentes previos, las circunstancias del caso y la calidad de la defensa. Por eso el trabajo del abogado desde el inicio es determinante.
Receptación de vehículos: el caso más frecuente en Santiago
La receptación de vehículos es uno de los casos más comunes que atendemos. Personas que compraron un auto, una moto o una camioneta sin saber o sin verificar suficientemente que el vehículo tenía problemas legales, clonación de patente o reportes de robo.
En estos casos la defensa se construye demostrando la buena fe del comprador, la ausencia de señales evidentes de irregularidad, y los pasos razonables que tomó para verificar la procedencia del vehículo. Una defensa bien construida puede significar la diferencia entre una condena y una absolución.
Circunstancias atenuantes que pueden reducir tu condena
El Código Penal chileno establece una serie de atenuantes que pueden reducir significativamente la pena en un caso de receptación. Las más relevantes son la irreprochable conducta anterior, la colaboración con la investigación, la reparación del daño causado y la actuación por móviles que no implican perversidad.
Identificar y acreditar correctamente estas atenuantes es parte fundamental de nuestra estrategia de defensa.
Salidas alternativas que evitan la condena
En muchos casos de receptación, especialmente en primeros imputados, existen salidas alternativas al juicio oral que permiten terminar el proceso sin una condena registrada. Las más comunes son la suspensión condicional del procedimiento y el acuerdo reparatorio.
La suspensión condicional implica que el imputado cumple ciertas condiciones durante un período determinado, al cabo del cual el caso se cierra sin condena. El acuerdo reparatorio, cuando procede, permite llegar a un acuerdo con la víctima que pone término al proceso.
No todos los casos califican para estas salidas. Evaluamos la viabilidad en la primera consulta.
No esperes a que el proceso avance sin ti. En los casos penales, el tiempo es el recurso más valioso que tienes. Cuéntanos tu situación y te respondemos el mismo día.
Rellena el formulario
Cuéntanos tu caso. Respondemos hoy.
Respondemos el mismo día · Consulta confidencial · Sin compromiso
